BASES DE CONCESIÓN DE AYUDA ESCOLAR PARA LOS ALUMNOS QUE CURSAN ESTUDIOS DE SEGUNDO CICLO DE E. INFANTIL, E. PRIMARIA Y E. SECUNDARIA OBLIGATORIA EN LOS CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/26.
PRIMERA. Objeto
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación para la concesión de ayudas educativas para la adquisición de material escolar, libros, zapatillas, chándal,….destinados a los alumnos que cursen estudios de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en los centros escolares del municipio durante el curso académico 2025-2026.
El Ayuntamiento de Navahermosa quiere, a través de esta ayuda, colaborar económicamente con las familias y correlativamente fomentar el comercio de nuestra localidad.
SEGUNDA. Régimen Jurídico
La concesión de estas ayudas se regirá por lo dispuesto en las presentes bases.
TERCERA. Naturaleza y definiciones
Se han planificado ayudas para sufragar gastos de material escolar, libros, zapatillas,… para los alumnos escolarizados en los centros Educativos de Navahermosa. No serán objeto de ayuda la adquisición de libros becados por parte de la JCCM o cualquier otro organismo público que subvencione los mismos.
Podrán solicitar las ayudas previstas en estas bases los padres, madres o tutores de los alumnos que se encuentren matriculados en los centros escolares de Navahermosa durante el año académico 2025/26, pudiendo presentar tantas solicitudes como hijos estudiantes tengan a su cargo.
CUARTA. Requisitos de los beneficiarios.
Para ser beneficiario de estas ayudas será preciso el cumplimiento simultáneo de los siguientes requisitos:
1.- Estar empadronados en Navahermosa con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.
2.- Estar matriculados en el curso 2025/26 en el segundo Ciclo de E. Infantil, E. Primaria y E. Secundaria Obligatoria en el CEIP. S. MIGUEL ARCÁNGEL ó en el IESO “MANUEL DE GUZMÁN”.
QUINTO. Cuantía de las ayudas
La cuantía de las ayudas será de CUARENTA EUROS (40 €) por alumno, que cada beneficiario podrá gastar en cualquiera de los establecimientos de la localidad que se dedique al comercio del citado material incluido en las bases.
SEXTA. Solicitudes y tramitación
El procedimiento se iniciará con la solicitud de los interesados, formulada conforme al modelo que será facilitado en las oficinas municipales y en la página Web de este Ayuntamiento.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las siguientes bases se presentarán en las oficinas municipales de este Ayuntamiento.
La solicitud deberá acompañarse de los documentos siguientes:
-Fotocopia del libro de familia, en donde aparece el alumno.
-Declaración responsable de estar matriculado en uno de los centros de Navahermosa.
El plazo de presentación de solicitudes será de catorce días naturales a partir de la publicación de estas bases: hasta el día 22 de septiembre de 2025
A la entrega de la documentación se verificará el empadronamiento y en caso de estar todo correcto, se dictará resolución de concesión, tras lo cual se hará entrega del importe subvencionado de 40 € por alumno.
SÉPTIMA. Justificación de las ayudas
Para justificar del pago del importe subvencionado de 40 €, se requerirá presentación ante este Ayuntamiento de la factura expedida por el establecimiento comercial correspondiente.
OCTAVA. Obligaciones de los beneficiarios
Serán obligaciones de los beneficiarios:
1.- Presentar de forma correcta, completa y veraz la documentación requerida en las siguientes bases.
2.- Destinar el importe de la ayuda exclusivamente para los fines previstos en estas bases y en los establecimientos comerciales de la localidad. No se admitirán las adquisiciones efectuadas fuera del municipio.
3.- No tener deuda reconocida con esta Entidad.
4.- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en caso de comprobarse que la ayuda fue concedida con incumplimiento de los requisitos previstos en las presentes bases.